/ martes 11 de diciembre de 2018

BURÓ DE CRÉDITO

En estos días nos caerá en la cuenta el tan largamente esperado aguinaldo, un dinero extra que por obligación dan las empresas a sus trabajadores. ¡Saquémosle el mejor provecho!

La primera pregunta es ¿cuándo llega exactamente y de a cuánto toca? Bueno, la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del día 20 de diciembre.

En algunos casos hay empleadores que pagan el aguinaldo en dos exhibiciones; una a principios de año y la otra en diciembre, o una parte durante la semana de El Buen Fin y la otra en diciembre. Otras empresas lo pagan completo, en una sola exhibición, en diciembre.

Si no sabes cómo funciona el pago de aguinaldo en tu lugar de trabajo, lo más recomendable es preguntar en Recursos Humanos.

La ley también establece que el aguinaldo debe ser equivalente, por lo menos, a quince días de salario base; los trabajadores que no hayan cumplido un año laborando tienen derecho a una parte proporcional.

En el caso de trabajadores con sueldo variable y comisionistas, la base para el pago del aguinaldo es sobre el promedio de los salarios percibidos durante el año o de la parte proporcional de no haber alcanzado el año completo.

Tratándose de quienes perciben salarios mixtos, se toma en cuenta el salario fijo que se percibe en el momento de su otorgamiento, más el promedio anual variable.

Para quienes tienen un salario por unidad de obra o a destajo se toma como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los últimos 30 días efectivamente trabajados antes del pago del aguinaldo.

Aquellos que sean trabajadores al servicio del Estado, tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 40 días del salario.

Pero ojo, el aguinaldo puede no llegar intacto a nuestro bolsillo. Recordemos que de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el aguinaldo es un ingreso gravable que, sin embargo, está exento del pago de impuestos hasta por el equivalente de 30 días de salario mínimo.

Ahora, la siguiente pregunta sería ¿qué hacer con el aguinaldo? Yo sé que hay tentaciones por las fiestas decembrinas, de fin de año y de Reyes, pero no hay necesariamente que ceder ante la tentación de gastar. Recomendaría que primero pidan su Reporte de Crédito Especial, gratis una vez cada 12 meses, en Buró de Crédito para conocer el nivel de endeudamiento que actualmente tenemos. En cada crédito hay que pagar por lo menos el mínimo y hacerlo a tiempo para mantener un buen registro en Buró de Crédito. A continuación, si nos sobra dinero, aportemos una cantidad extra a aquellos créditos que presenten las tasas de interés más elevadas para que así paguemos menos y más rápidamente nuestros compromisos.

Finalmente, recordemos también que en el mes de enero hay otras cosas con las que debemos cumplir como, por ejemplo: gastos escolares, renovación de seguros, tenencias, prediales, etcétera.

Si tenemos ya todos los frentes cubiertos podemos ahorrar e invertir el resto, o bien podemos darnos ese gusto que merecemos comparando siempre primero la calidad y precio para elegir lo mejor.

¡Nos vemos en la segunda quincena de enero de 2019! (F)

En estos días nos caerá en la cuenta el tan largamente esperado aguinaldo, un dinero extra que por obligación dan las empresas a sus trabajadores. ¡Saquémosle el mejor provecho!

La primera pregunta es ¿cuándo llega exactamente y de a cuánto toca? Bueno, la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del día 20 de diciembre.

En algunos casos hay empleadores que pagan el aguinaldo en dos exhibiciones; una a principios de año y la otra en diciembre, o una parte durante la semana de El Buen Fin y la otra en diciembre. Otras empresas lo pagan completo, en una sola exhibición, en diciembre.

Si no sabes cómo funciona el pago de aguinaldo en tu lugar de trabajo, lo más recomendable es preguntar en Recursos Humanos.

La ley también establece que el aguinaldo debe ser equivalente, por lo menos, a quince días de salario base; los trabajadores que no hayan cumplido un año laborando tienen derecho a una parte proporcional.

En el caso de trabajadores con sueldo variable y comisionistas, la base para el pago del aguinaldo es sobre el promedio de los salarios percibidos durante el año o de la parte proporcional de no haber alcanzado el año completo.

Tratándose de quienes perciben salarios mixtos, se toma en cuenta el salario fijo que se percibe en el momento de su otorgamiento, más el promedio anual variable.

Para quienes tienen un salario por unidad de obra o a destajo se toma como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los últimos 30 días efectivamente trabajados antes del pago del aguinaldo.

Aquellos que sean trabajadores al servicio del Estado, tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 40 días del salario.

Pero ojo, el aguinaldo puede no llegar intacto a nuestro bolsillo. Recordemos que de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el aguinaldo es un ingreso gravable que, sin embargo, está exento del pago de impuestos hasta por el equivalente de 30 días de salario mínimo.

Ahora, la siguiente pregunta sería ¿qué hacer con el aguinaldo? Yo sé que hay tentaciones por las fiestas decembrinas, de fin de año y de Reyes, pero no hay necesariamente que ceder ante la tentación de gastar. Recomendaría que primero pidan su Reporte de Crédito Especial, gratis una vez cada 12 meses, en Buró de Crédito para conocer el nivel de endeudamiento que actualmente tenemos. En cada crédito hay que pagar por lo menos el mínimo y hacerlo a tiempo para mantener un buen registro en Buró de Crédito. A continuación, si nos sobra dinero, aportemos una cantidad extra a aquellos créditos que presenten las tasas de interés más elevadas para que así paguemos menos y más rápidamente nuestros compromisos.

Finalmente, recordemos también que en el mes de enero hay otras cosas con las que debemos cumplir como, por ejemplo: gastos escolares, renovación de seguros, tenencias, prediales, etcétera.

Si tenemos ya todos los frentes cubiertos podemos ahorrar e invertir el resto, o bien podemos darnos ese gusto que merecemos comparando siempre primero la calidad y precio para elegir lo mejor.

¡Nos vemos en la segunda quincena de enero de 2019! (F)

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