/ lunes 16 de julio de 2018

¿Qué son y para qué sirven los corresponsales bancarios?

COLUMNA BURÓ DE CRÉDITO

Los corresponsales bancarios nacieron a finales de 2009 como parte de los esfuerzos de inclusión financiera del gobierno y del sector financiero. Pero, ¿qué son y para qué sirven?

Los corresponsales bancarios son establecimientos o negocios autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para actuar a nombre y por cuenta de alguna institución bancaria, con el propósito de que las personas puedan realizar algunas transacciones financieras cotidianas de manera más fácil, accesible y en horarios bastante cómodos.

Al respecto, la CNBV indica que las siguientes operaciones se pueden realizar en supermercados, tiendas de conveniencia, misceláneas, oficinas de telégrafos, farmacias, restaurantes y gasolineras, entre otros:

- Retiros de efectivo (límite aplicable hasta el equivalente a mil 500 UDIs diarias por cada tipo de inversión y cuenta).

- Pago de cheques (límite aplicable hasta el equivalente a mil 500 UDIs diarias por cada tipo de inversión y cuenta).

- Depósitos en efectivo o con cheque (límite aplicable hasta el equivalente de cuatro mil UDIs diarias por cuenta; para cuentas móviles, aplican los términos y condiciones establecidos por el Banco de México, dos mil UDIs en depósitos mensuales).

- Pago de servicios.

- Pago de créditos.

- Situación de fondos.

- Poner en circulación medios de pago.

- Aceptación de préstamos documentados en pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento.

- Consultas de saldos y movimientos.

- Apertura de cuentas de Baja Transaccionalidad y Bajo Riesgo Referencia.

Las operaciones realizadas a través de los corresponsales bancarios se realizan en línea y en tiempo real, excepto los pagos de créditos.

Cabe precisar que no todos los corresponsales manejan todas las operaciones bancarias, por lo que recomiendo verificar con el banco en dónde se pueden hacer qué operaciones, las condiciones del servicio y el cobro de las comisiones aplicables.

El horario de atención para las operaciones bancarias puede también variar, ya que éste es acordado entre el banco y el corresponsal bancario.

En caso de que necesite presentar alguna aclaración o queja, derivada de operaciones realizadas por medio de algún corresponsal bancario, es importante señalar que necesita hacerlo directamente con el banco correspondiente o en cualquier oficina de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Para realizar operaciones bancarias con algún corresponsal, la Condusef recomienda tomar en cuenta los siguientes puntos:

- No entregar por escrito el NIP al cajero o encargado del comercio y teclearlo de manera personal en el dispositivo.

- Exigir el comprobante de la operación.

- Si consulta el saldo de la cuenta o tarjeta en un comercio, fíjese que el operador no emita un duplicado del comprobante.

- El comercio no puede obligarle a que compre algún producto para hacer la operación bancaria.

- La comisión por la operación que realice debe reflejarse en el mismo comprobante de la operación o en el estado de cuenta correspondiente.

Recuerde que es muy importante tener relaciones financieras solamente con instituciones autorizadas y reguladas, ya que éstas ofrecen la mayor seriedad y seguridad para usted y su dinero. En caso de que no esté seguro si es una institución seria, por favor, acérquese a Condusef para validar. (H)

COLUMNA BURÓ DE CRÉDITO

Los corresponsales bancarios nacieron a finales de 2009 como parte de los esfuerzos de inclusión financiera del gobierno y del sector financiero. Pero, ¿qué son y para qué sirven?

Los corresponsales bancarios son establecimientos o negocios autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para actuar a nombre y por cuenta de alguna institución bancaria, con el propósito de que las personas puedan realizar algunas transacciones financieras cotidianas de manera más fácil, accesible y en horarios bastante cómodos.

Al respecto, la CNBV indica que las siguientes operaciones se pueden realizar en supermercados, tiendas de conveniencia, misceláneas, oficinas de telégrafos, farmacias, restaurantes y gasolineras, entre otros:

- Retiros de efectivo (límite aplicable hasta el equivalente a mil 500 UDIs diarias por cada tipo de inversión y cuenta).

- Pago de cheques (límite aplicable hasta el equivalente a mil 500 UDIs diarias por cada tipo de inversión y cuenta).

- Depósitos en efectivo o con cheque (límite aplicable hasta el equivalente de cuatro mil UDIs diarias por cuenta; para cuentas móviles, aplican los términos y condiciones establecidos por el Banco de México, dos mil UDIs en depósitos mensuales).

- Pago de servicios.

- Pago de créditos.

- Situación de fondos.

- Poner en circulación medios de pago.

- Aceptación de préstamos documentados en pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento.

- Consultas de saldos y movimientos.

- Apertura de cuentas de Baja Transaccionalidad y Bajo Riesgo Referencia.

Las operaciones realizadas a través de los corresponsales bancarios se realizan en línea y en tiempo real, excepto los pagos de créditos.

Cabe precisar que no todos los corresponsales manejan todas las operaciones bancarias, por lo que recomiendo verificar con el banco en dónde se pueden hacer qué operaciones, las condiciones del servicio y el cobro de las comisiones aplicables.

El horario de atención para las operaciones bancarias puede también variar, ya que éste es acordado entre el banco y el corresponsal bancario.

En caso de que necesite presentar alguna aclaración o queja, derivada de operaciones realizadas por medio de algún corresponsal bancario, es importante señalar que necesita hacerlo directamente con el banco correspondiente o en cualquier oficina de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Para realizar operaciones bancarias con algún corresponsal, la Condusef recomienda tomar en cuenta los siguientes puntos:

- No entregar por escrito el NIP al cajero o encargado del comercio y teclearlo de manera personal en el dispositivo.

- Exigir el comprobante de la operación.

- Si consulta el saldo de la cuenta o tarjeta en un comercio, fíjese que el operador no emita un duplicado del comprobante.

- El comercio no puede obligarle a que compre algún producto para hacer la operación bancaria.

- La comisión por la operación que realice debe reflejarse en el mismo comprobante de la operación o en el estado de cuenta correspondiente.

Recuerde que es muy importante tener relaciones financieras solamente con instituciones autorizadas y reguladas, ya que éstas ofrecen la mayor seriedad y seguridad para usted y su dinero. En caso de que no esté seguro si es una institución seria, por favor, acérquese a Condusef para validar. (H)

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