/ miércoles 25 de mayo de 2022

Cubrebocas seguirá siendo obligatorio en espacio cerrados en Michoacán

Se mantendrán las sanciones que fueron emitidas en el decreto que se aprobó al inicio de la pandemia para quienes incumplan las reglas

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- En sesión ordinaria del día jueves se votará en el pleno del palacio legislativo el dictamen que fue emitido por la comisión de salud y asistencia social para reformar diversas disposiciones de la ley de uso de cubrebocas del Estado de Michoacán.

La presidenta de la comisión de salud, Rocío Beamonte Romero, adelantó que no podrá dejar de utilizarse en lugares cerrados que tengan poca ventilación, además de que deberá de continuar con las medidas de prevención contra el COVID-19 como lo es la distancia de 1.5 metros, el uso de gel antibacterial y el de termómetros infrarrojos.

“No es que ya dejemos de utilizar el cubrebocas de manera libre y permanente, la responsabilidad es de cada uno de los ciudadanos, así lo mandaron y así lo analizamos, (…) la conclusión es que debemos de seguir usándolo con mucha responsabilidad y respetar la sana distancia”, afirmó en entrevista con el Sol de Morelia.

Puntualizó que en espacios abiertos sean públicos o privados mientras haya circulación abundante de aire se puede rescindir de este objeto.

Beamonte Romero refirió que si bien las autoridades están proponiendo realizar esta reforma, los expertos en materia de salud alertan de nuevas cepas del virus SARS-CoV-2, además de que se tiene evidencia sobre cómo han repuntado los contagios en países donde se ha erradicado de manera permanente el uso de cubrebocas.

Asimismo, añadió que se mantendrán las sanciones que fueron establecidas en la ley de que regula el uso de cubrebocas, en las que se establece que de primera instancia se debe de solicitar verbalmente a la persona el uso adecuado.

Posteriormente, habría una amonestación por escrito y con apercibimiento que en caso de no usar el cubrebocas será sancionado, de manera consecuente se solicitará se retire a su domicilio o fuera de los lugares públicos o privados, en caso de negativa al uso del cubrebocas por parte de la persona.

Mientras que en caso de que la persona insista en no usar el cubrebocas se le impondrá una multa, en el caso de que sea jornalero y de una a quince UMAS (Unidades de medida y actualización) en caso de reincidencia o resistencia al uso correcto de cubrebocas.

El arresto administrativo domiciliario hasta por 36 horas, se registrará cuando haya negativa del uso correcto y la portación del cubrebocas y se haya agotado las sanciones preliminares.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- En sesión ordinaria del día jueves se votará en el pleno del palacio legislativo el dictamen que fue emitido por la comisión de salud y asistencia social para reformar diversas disposiciones de la ley de uso de cubrebocas del Estado de Michoacán.

La presidenta de la comisión de salud, Rocío Beamonte Romero, adelantó que no podrá dejar de utilizarse en lugares cerrados que tengan poca ventilación, además de que deberá de continuar con las medidas de prevención contra el COVID-19 como lo es la distancia de 1.5 metros, el uso de gel antibacterial y el de termómetros infrarrojos.

“No es que ya dejemos de utilizar el cubrebocas de manera libre y permanente, la responsabilidad es de cada uno de los ciudadanos, así lo mandaron y así lo analizamos, (…) la conclusión es que debemos de seguir usándolo con mucha responsabilidad y respetar la sana distancia”, afirmó en entrevista con el Sol de Morelia.

Puntualizó que en espacios abiertos sean públicos o privados mientras haya circulación abundante de aire se puede rescindir de este objeto.

Beamonte Romero refirió que si bien las autoridades están proponiendo realizar esta reforma, los expertos en materia de salud alertan de nuevas cepas del virus SARS-CoV-2, además de que se tiene evidencia sobre cómo han repuntado los contagios en países donde se ha erradicado de manera permanente el uso de cubrebocas.

Asimismo, añadió que se mantendrán las sanciones que fueron establecidas en la ley de que regula el uso de cubrebocas, en las que se establece que de primera instancia se debe de solicitar verbalmente a la persona el uso adecuado.

Posteriormente, habría una amonestación por escrito y con apercibimiento que en caso de no usar el cubrebocas será sancionado, de manera consecuente se solicitará se retire a su domicilio o fuera de los lugares públicos o privados, en caso de negativa al uso del cubrebocas por parte de la persona.

Mientras que en caso de que la persona insista en no usar el cubrebocas se le impondrá una multa, en el caso de que sea jornalero y de una a quince UMAS (Unidades de medida y actualización) en caso de reincidencia o resistencia al uso correcto de cubrebocas.

El arresto administrativo domiciliario hasta por 36 horas, se registrará cuando haya negativa del uso correcto y la portación del cubrebocas y se haya agotado las sanciones preliminares.

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