Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).-Los aspirantes a las candidaturas independientes para senadores y diputados federales, deberán hacer su manifestación formal ante la Junta distrital y local del Instituto Nacional Electoral (INE) a partir del 7 hasta el 29 de septiembre a fin de lograr el registro. Las diputaciones tendrán un tope de gastos de 164 mil 819 pesos, mientras que las Senadurías más de un millón 718 mil pesos.
La convocatoria fue publicada por el INE a fin de que los interesados comiencen a presentar su registro a través de una serie de documentos y requisitos que deben cumplir para que el órgano electoral emita las constancias de aspirante entre el 8 y 30 de septiembre, no sólo para quienes aspiran una diputación o una senaduría independiente sino también a presidente de la República sin el apoyo de ningún partido político.
De acuerdo a lo manifestado en la convocatoria pública, los aspirantes que pretendan ser candidatos independientes podrán realizar actos para obtener el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, los cuales no podrán ser por la radio ni la televisión, es decir, tienen prohibido utilizar estos medios, ya que sólo lo pueden hacer los partidos políticos con registro ante el INE.
La fecha límite para que los aspirantes a las candidaturas independientes recaben las firmas del dos por ciento de la lista nominal de electores será a partir del 6 de enero para la presidencia de la República, el 21 de diciembre de este año para las Senadurías y el 29 de noviembre del 2023 para las diputaciones federales de mayoría relativa.
Los aspirantes podrán recabar el apoyo de los ciudadanos a través de un financiamiento privado y de origen lícito que debe estar sujeto al tope de gastos aprobado por los consejeros integrantes del INE, que para las diputaciones federales se estableció la cantidad de 164 mil 819 pesos. Mientras que en el caso de los aspirantes a Senadores para Michoacán, es de un millón 718 mil 533 pesos.
Las personas aspirantes a candidaturas independientes ya sea para Senador o diputado federal por el principio de mayoría relativa, deberán solicitar el registro de la fórmula, es decir propietario y suplente misma que deberá estar integrada por personas del mismo género, salvo que la candidatura sea encabezada por un hombre, en este caso la suplente deberá ser mujer.
Asimismo, la segunda fórmula de candidaturas independientes para la Senaduría deberá estar encabezada por una persona de género distinto a la primera fórmula.