/ jueves 13 de enero de 2022

Amonesta TEEM a presidenta municipal de Coeneo por vulnerar integridad de menor

El cuerpo colegiado de magistrados electorales aprobó la sanción de manera unánime

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) emitió una sentencia en la que sancionará públicamente a la hoy presidenta municipal de Coeneo, Marcela Velázquez Velázquez por vulnerar el interés superior de un menor.

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De manera unánime, en sesión pública virtual, el cuerpo colegiado de magistrados electorales, voto a favor del proyecto presentado por la juzgadora Alma Bahena Villalobos en el que se asienta que la entonces candidata del partido Morena permitió la participación del mismo en un mitin político.

Foto: Cortesía | Cuartoscuro

Asimismo, se estima la existencia de la infracción atribuida a Fabián Valencia Alanís, en virtud de que, tal y como quedó constatado, difundió en la red social Facebook la imagen del menor sin difuminar, ocultar o hacer irreconocible su cara y voz, con el fin de que no pudieran hacerlo identificable con posterioridad.

La denuncia presentada por el partido de la Revolución Democrática (PRD) obliga al emitirse la sentencia, que los sancionados tomen un curso de capacitación en materia de interés superior de la niñez, en el que se les explique que los actos y las publicaciones en las que se exponga la imagen de niñas, niños y adolescentes deben ajustarse a los Lineamientos del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aplicables para ello.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) emitió una sentencia en la que sancionará públicamente a la hoy presidenta municipal de Coeneo, Marcela Velázquez Velázquez por vulnerar el interés superior de un menor.

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De manera unánime, en sesión pública virtual, el cuerpo colegiado de magistrados electorales, voto a favor del proyecto presentado por la juzgadora Alma Bahena Villalobos en el que se asienta que la entonces candidata del partido Morena permitió la participación del mismo en un mitin político.

Foto: Cortesía | Cuartoscuro

Asimismo, se estima la existencia de la infracción atribuida a Fabián Valencia Alanís, en virtud de que, tal y como quedó constatado, difundió en la red social Facebook la imagen del menor sin difuminar, ocultar o hacer irreconocible su cara y voz, con el fin de que no pudieran hacerlo identificable con posterioridad.

La denuncia presentada por el partido de la Revolución Democrática (PRD) obliga al emitirse la sentencia, que los sancionados tomen un curso de capacitación en materia de interés superior de la niñez, en el que se les explique que los actos y las publicaciones en las que se exponga la imagen de niñas, niños y adolescentes deben ajustarse a los Lineamientos del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aplicables para ello.

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