/ lunes 9 de enero de 2023

Oralidad y conciliación, así el Nuevo Sistema de Justicia Laboral

Este modelo arrancó oficialmente el pasado 3 de octubre, a través de la instalación de cuatro juzgados y tres centros de conciliación laboral en los municipios de Morelia, Uruapan y Zamora

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- La sustitución de las juntas de conciliación y arbitraje en las entidades por el nuevo Sistema de Justicia Laboral, pretende no solo dar trámite a las nuevas demandas en materia individual, colectiva y procedimientos especiales, sino principalmente en ser más rápido, eficaz y expedito, ya que las demandas pasarán en su resolución de cuatro años a sólo cuatro meses.

En 2017 inició la Reforma Laboral a nivel nacional, pero fue en 2019, en el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador cuando el Congreso reformó las leyes secundarias, una de las más importantes, la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La Cámara federal realizó la reforma para que los centros de conciliación federales y locales fueran la única instancia a la que los trabajadores del país pudieran recurrir buscando acuerdos o justicia.

Carmen Hernández | El Sol de Morelia


Es decir, son los Tribunales Laborales Federales o locales del Poder Judicial con jueces especializados en materia del trabajo los encargados de dirimir los conflictos de los trabajadores. Cada juzgado contará con dos jueces que escucharán a las partes.

Con este nuevo modelo que en Michoacán arrancó oficialmente el pasado 3 de octubre, a través de la instalación de cuatro juzgados y tres centros de conciliación laboral (CCL) en los municipios de Morelia, Uruapan y Zamora, se tiene el objetivo de que se agoten los procedimientos de conciliación prejudicial obligatoria, a los cuales deberá acudir el trabajador o empleador previo al inicio de algún juicio.

El primer centro de conciliación laboral para resolver asuntos de los trabajadores de la entidad, se ubica en el municipio de Morelia, en el Boulevard García de León con número 1575 en la colonia Chapultepec Oriente. A esta oficina acudirán los ciudadanos de Ciudad Hidalgo, Huetamo, Maravatío, Pátzcuaro y Zinapécuaro a presentar sus denuncias.

El segundo centro pero regional, estará operando en el municipio de Uruapan, y atenderá asuntos laborales de los distritos de Ario de Rosales, Arteaga, Coahuayana, Coalcomán, Lázaro Cárdenas, Tacámbaro y Uruapan. Su dirección es en la calle Nuevo Paricutín con número 308 en la colonia Jardines de San Rafael.

En tanto, en el municipio de Zamora estará el tercer centro de conciliación, mismo que dará atención a los ciudadanos de los ayuntamiento de La Piedad, Los Reyes, Puruándiro, Sahuayo, Tanhuato, Zacapu y Zamora. La dirección a donde podrán acudir los interesados, es en la calle Justo Sierra Poniente con número 290, en la colonia Jardines de Catedral.

El objetivo de la reforma laboral en el país, es que los conflictos entre empleados puedan resolverse en los centros de conciliación y, de no lograrse un acuerdo en 45 días, entonces se acudirá a juzgados laborales de los poderes estatales.


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La etapa judicial consiste en el juicio que se lleva a cabo en dos fases: una escrita y una oral. El procedimiento ordinario comenzará con la presentación de la demanda de la persona trabajadora ante el tribunal laboral dependiente del Poder Judicial que corresponda, debiendo anexarse las pruebas pertinentes y la constancia de “no conciliación” expedida por el centro de conciliación laboral, por tratarse de uno de los requisitos de procedibilidad más importantes.

Este nuevo procedimiento pretende desahogarse a través de juicios orales, ágiles, expeditos y en presencia del juez o jueza, planteando su resolución en un estimado de seis meses.

Otra modalidad de la Reforma Laboral es que también está presente el Tribunal Electrónico para las personas que por alguna razón no puedan acercarse a los centros de conciliación, en los cuales se privilegia la justicia laboral de legalidad, oralidad, imparcialidad, autonomía e independencia.


¿Cómo presentar una denuncia laboral?

El trabajador deberá acudir a los centros de conciliación que sólo se ubican hasta el momento en Morelia, Zamora y Uruapan, donde un juez especializado en la materia desahogará el asunto, mismo que no debe durar más de 45 días para que sea considerado un requisito prejudicial, es decir, agotar antes de iniciar un juicio ante un tribunal laboral.

La segunda etapa es la del juicio, al que el trabajador acudirá en caso de que no haya alcanzado la conciliación entre ambas partes, el empleado tiene el derecho de iniciar el juicio ante un tribunal laboral local, que es la autoridad encargada de resolver en un plazo no mayor a seis meses el conflicto.


¿Qué diferencias hay con la Reforma Laboral?

La diferencia que existe tras la entrada en vigor de la nueva Reforma Laboral, es que anteriormente la autoridad para dirimir conflictos laborales eran las Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje, mismas que estaban integradas por un representante del gobierno, un representante de los trabajadores y un representante de los patrones.

En las Juntas locales, cada que se presentaba una prueba, ameritaba una nueva audiencia, de tal forma que el procedimiento podría tardar años y eso permitió una burocracia infinita que impedía la justicia expedita para el trabajador, mientras que con el nuevo Sistema Laboral, las pruebas se presentan en una misma audiencia, la cual es grabada.

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Otra de las diferencias que se señalan es que debido a que las Juntas pertenecían a la estructura de gobierno local, se ejercían altos niveles de corrupción en las asesorías legales externas, sindicales y dentro de las juntas para acelerar asuntos o para inclinar la balanza de un lado.


Dato

Cada juzgado laboral en Michoacán tendrá dos jueces, quienes contarán con un secretario de instrucción, un secretario auxiliar, un escribiente y un actuario, un secretario administrativo de recepción de demandas y una persona encargada de la tecnología. Se atenderán problemas laborales como despidos injustificados, revisión salarial de las condiciones de trabajo o requerimiento de una indemnización.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- La sustitución de las juntas de conciliación y arbitraje en las entidades por el nuevo Sistema de Justicia Laboral, pretende no solo dar trámite a las nuevas demandas en materia individual, colectiva y procedimientos especiales, sino principalmente en ser más rápido, eficaz y expedito, ya que las demandas pasarán en su resolución de cuatro años a sólo cuatro meses.

En 2017 inició la Reforma Laboral a nivel nacional, pero fue en 2019, en el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador cuando el Congreso reformó las leyes secundarias, una de las más importantes, la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La Cámara federal realizó la reforma para que los centros de conciliación federales y locales fueran la única instancia a la que los trabajadores del país pudieran recurrir buscando acuerdos o justicia.

Carmen Hernández | El Sol de Morelia


Es decir, son los Tribunales Laborales Federales o locales del Poder Judicial con jueces especializados en materia del trabajo los encargados de dirimir los conflictos de los trabajadores. Cada juzgado contará con dos jueces que escucharán a las partes.

Con este nuevo modelo que en Michoacán arrancó oficialmente el pasado 3 de octubre, a través de la instalación de cuatro juzgados y tres centros de conciliación laboral (CCL) en los municipios de Morelia, Uruapan y Zamora, se tiene el objetivo de que se agoten los procedimientos de conciliación prejudicial obligatoria, a los cuales deberá acudir el trabajador o empleador previo al inicio de algún juicio.

El primer centro de conciliación laboral para resolver asuntos de los trabajadores de la entidad, se ubica en el municipio de Morelia, en el Boulevard García de León con número 1575 en la colonia Chapultepec Oriente. A esta oficina acudirán los ciudadanos de Ciudad Hidalgo, Huetamo, Maravatío, Pátzcuaro y Zinapécuaro a presentar sus denuncias.

El segundo centro pero regional, estará operando en el municipio de Uruapan, y atenderá asuntos laborales de los distritos de Ario de Rosales, Arteaga, Coahuayana, Coalcomán, Lázaro Cárdenas, Tacámbaro y Uruapan. Su dirección es en la calle Nuevo Paricutín con número 308 en la colonia Jardines de San Rafael.

En tanto, en el municipio de Zamora estará el tercer centro de conciliación, mismo que dará atención a los ciudadanos de los ayuntamiento de La Piedad, Los Reyes, Puruándiro, Sahuayo, Tanhuato, Zacapu y Zamora. La dirección a donde podrán acudir los interesados, es en la calle Justo Sierra Poniente con número 290, en la colonia Jardines de Catedral.

El objetivo de la reforma laboral en el país, es que los conflictos entre empleados puedan resolverse en los centros de conciliación y, de no lograrse un acuerdo en 45 días, entonces se acudirá a juzgados laborales de los poderes estatales.


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La etapa judicial consiste en el juicio que se lleva a cabo en dos fases: una escrita y una oral. El procedimiento ordinario comenzará con la presentación de la demanda de la persona trabajadora ante el tribunal laboral dependiente del Poder Judicial que corresponda, debiendo anexarse las pruebas pertinentes y la constancia de “no conciliación” expedida por el centro de conciliación laboral, por tratarse de uno de los requisitos de procedibilidad más importantes.

Este nuevo procedimiento pretende desahogarse a través de juicios orales, ágiles, expeditos y en presencia del juez o jueza, planteando su resolución en un estimado de seis meses.

Otra modalidad de la Reforma Laboral es que también está presente el Tribunal Electrónico para las personas que por alguna razón no puedan acercarse a los centros de conciliación, en los cuales se privilegia la justicia laboral de legalidad, oralidad, imparcialidad, autonomía e independencia.


¿Cómo presentar una denuncia laboral?

El trabajador deberá acudir a los centros de conciliación que sólo se ubican hasta el momento en Morelia, Zamora y Uruapan, donde un juez especializado en la materia desahogará el asunto, mismo que no debe durar más de 45 días para que sea considerado un requisito prejudicial, es decir, agotar antes de iniciar un juicio ante un tribunal laboral.

La segunda etapa es la del juicio, al que el trabajador acudirá en caso de que no haya alcanzado la conciliación entre ambas partes, el empleado tiene el derecho de iniciar el juicio ante un tribunal laboral local, que es la autoridad encargada de resolver en un plazo no mayor a seis meses el conflicto.


¿Qué diferencias hay con la Reforma Laboral?

La diferencia que existe tras la entrada en vigor de la nueva Reforma Laboral, es que anteriormente la autoridad para dirimir conflictos laborales eran las Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje, mismas que estaban integradas por un representante del gobierno, un representante de los trabajadores y un representante de los patrones.

En las Juntas locales, cada que se presentaba una prueba, ameritaba una nueva audiencia, de tal forma que el procedimiento podría tardar años y eso permitió una burocracia infinita que impedía la justicia expedita para el trabajador, mientras que con el nuevo Sistema Laboral, las pruebas se presentan en una misma audiencia, la cual es grabada.

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Otra de las diferencias que se señalan es que debido a que las Juntas pertenecían a la estructura de gobierno local, se ejercían altos niveles de corrupción en las asesorías legales externas, sindicales y dentro de las juntas para acelerar asuntos o para inclinar la balanza de un lado.


Dato

Cada juzgado laboral en Michoacán tendrá dos jueces, quienes contarán con un secretario de instrucción, un secretario auxiliar, un escribiente y un actuario, un secretario administrativo de recepción de demandas y una persona encargada de la tecnología. Se atenderán problemas laborales como despidos injustificados, revisión salarial de las condiciones de trabajo o requerimiento de una indemnización.

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