MORELIA, Mich.- (OEM-Infomex).- A partir de este martes 15 de enero y hasta el próximo miércoles 26 del mismo mes, recolectores de basura en Morelia suspenderán su servicio a manera de protesta por la implementación de nuevos impuestos ecológicos, con los que se pretende cobrar cuotas que van de 25 pesos el kilo de sustancias depositadas en suelo y agua, hasta 100 pesos la tonelada por depósito y almacenamiento de desechos en vertederos públicos y privados.
A través de volantes que circularon en algunas vialidades y domicilios de la ciudad, se anuncia una concentración en el Congreso del Estado este 15 de enero para manifestar su rechazo a éstos y otros impuestos que aprobaron, por mayoría, los diputados integrantes de la LXXIV Legislatura de Michoacán.
Los recolectores de basura justificaron que el paro de actividades que realizarán por prácticamente siete días hábiles se respalda por el contenido del artículo 14, que refiere el impuesto al Depósito o Almacenamiento de Residuos de la Ley de Ingresos del Estado.
Los ciudadanos tendrían que hacer un pago obligatorio por cada kilo de basura que generen y por tal razón, nos estaríamos manifestando en contra de la aplicación de este nuevo impuesto reanudando labores de manera normal el 26 de enero
Cabe destacar que de acuerdo con las especificaciones que señala la Ley de Hacienda de Michoacán, en su capítulo V sobre los nuevos impuestos ecológicos sección IV, artículos 46 al 51, los sujetos obligados a pagar gravámenes por sustancias contaminantes depositadas o desechadas en suelo, subsuelo o agua son personas físicas, morales y unidades económicas que realicen dichos actos o actividades con base a la cantidad de metros cuadrados de terreno o cúbicos de agua afectados, según corresponda a las sustancias contaminantes vertidas.
Para el caso de suelos y subsuelos, el cálculo se hace de acuerdo con la cantidad de miligramo por kilogramo base seca, por cada 100 metros cuadrados de contaminación por benceno, tolueno, arsénico, bario, berilio, cromo, cadmio, mercurio, niquel, plata, plomo, entre otros; siendo de 25 pesos el impuesto por cada sustancia contaminante. En el caso de agua será de 100 pesos por metro cubico de líquido afectada.
En la sección V, artículo 54 de la misma ley correspondiente al Depósito o Almacenamiento de Residuos Sólidos, también serán sujetos del impuesto las personas físicas, morales y las unidades económicas generadoras de residuos que por sí mismas o a través de intermediarios depositen basura en vertederos públicos y privados, pagando una cuota de 100 pesos la tonelada de residuos sólidos. (M)