/ miércoles 8 de noviembre de 2023

Impide observaciones del Ejecutivo publicar oficialmente la Ley de Búsqueda de Personas

Los familiares de personas desaparecidas y colectivos en el estado deberán esperar a que se atiendan las observaciones en el Congreso

Morelia, Michoacán.-El gobierno del estado volvió hacer observaciones a los diputados, en este caso sobre la recién aprobada Ley de Búsqueda de Personas en Michoacán, misma que tiene un sinfín de errores que impiden su publicación en el Periódico Oficial, pese a que dicha iniciativa tardó más de un año en ser dictaminada en las Comisiones de Justicia y Gobernación.

Los familiares de personas desaparecidas y colectivos en el estado deberán esperar a que se atiendan las observaciones en el Congreso para que la ley pueda comenzar a operar en Michoacán, esto luego de más de diez años de espera por parte de las víctimas para que pudiera ser tomada en cuenta.

Foto: Archivo | El Sol de Morelia

La primera observación del Ejecutivo hacia el Congreso está relacionada a que el nombre de la iniciativa que está mal planteada, ya que no debe decir “búsqueda”, sino “personas desaparecidas”, por lo cual se sugiere a los diputados hacer la corrección, porque el nombre de la Ley hace referencia a la búsqueda de personas desaparecidas y como es evidente, las leyes van dirigidas al gobernado, autoridades u operadores que la van a aplicar, por lo tanto, debe ser clara y debe evitar imprecisiones.

En la ley aprobada en el pleno del Congreso el pasado 11 de octubre, se señala la localización geográfica en tiempo real y solicitud de entrega de datos conservados, sin embargo, el gobierno aclaró a los congresistas que no se puede otorgar facultades para solicitar directamente la localización geográfica en tiempo real o la entrega de los datos conservados a la fiscalía especializada, pues esta atribución es exclusiva del Fiscal, o bien en quien éste delegue dicha atribución.

Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

Aunque el acuerdo 9/2021, ya le dé atribuciones a la fiscalía especializada por medio de la delegación de funciones, lo cierto es que, dejar dicha fracción significa vulnerar la facultad delegatoria del fiscal y atentar contra el Código Nacional de Procedimientos Penales, y atentar contra la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indicó el Ejecutivo.

También, señala el Ejecutivo estatal que en la ley local no se puede establecer que el Juez imponga medidas cautelares a petición del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, porque son atribuciones exclusivas de regulación del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Foto: Carmen Hernández | El Sol de Morelia

Asimismo, se señala que los diputados en la Ley de Búsqueda aprobada el pasado 11 de octubre, se atenta contra lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, el cual señala como atribución del titular de la Fiscalía General, “coordinar acciones y suscribir convenios con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, para el desarrollo de acciones conjuntas, de fortalecimiento institucional y de cumplimiento de los fines institucionales”.

Finalmente, el Ejecutivo, resaltó que deben ser modificadas todas las observaciones para su eficaz aplicación en la realidad jurídica, ya que no se considerará viable su promulgación, hasta en tanto, se atiendan dentro del proceso legislativo las observaciones que han quedado previamente establecidas. “Lo anterior se hace de su conocimiento, con la finalidad de propiciar mayor legalidad, certeza y seguridad jurídica sobre los asuntos de particular interés del Estado”.

Morelia, Michoacán.-El gobierno del estado volvió hacer observaciones a los diputados, en este caso sobre la recién aprobada Ley de Búsqueda de Personas en Michoacán, misma que tiene un sinfín de errores que impiden su publicación en el Periódico Oficial, pese a que dicha iniciativa tardó más de un año en ser dictaminada en las Comisiones de Justicia y Gobernación.

Los familiares de personas desaparecidas y colectivos en el estado deberán esperar a que se atiendan las observaciones en el Congreso para que la ley pueda comenzar a operar en Michoacán, esto luego de más de diez años de espera por parte de las víctimas para que pudiera ser tomada en cuenta.

Foto: Archivo | El Sol de Morelia

La primera observación del Ejecutivo hacia el Congreso está relacionada a que el nombre de la iniciativa que está mal planteada, ya que no debe decir “búsqueda”, sino “personas desaparecidas”, por lo cual se sugiere a los diputados hacer la corrección, porque el nombre de la Ley hace referencia a la búsqueda de personas desaparecidas y como es evidente, las leyes van dirigidas al gobernado, autoridades u operadores que la van a aplicar, por lo tanto, debe ser clara y debe evitar imprecisiones.

En la ley aprobada en el pleno del Congreso el pasado 11 de octubre, se señala la localización geográfica en tiempo real y solicitud de entrega de datos conservados, sin embargo, el gobierno aclaró a los congresistas que no se puede otorgar facultades para solicitar directamente la localización geográfica en tiempo real o la entrega de los datos conservados a la fiscalía especializada, pues esta atribución es exclusiva del Fiscal, o bien en quien éste delegue dicha atribución.

Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

Aunque el acuerdo 9/2021, ya le dé atribuciones a la fiscalía especializada por medio de la delegación de funciones, lo cierto es que, dejar dicha fracción significa vulnerar la facultad delegatoria del fiscal y atentar contra el Código Nacional de Procedimientos Penales, y atentar contra la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indicó el Ejecutivo.

También, señala el Ejecutivo estatal que en la ley local no se puede establecer que el Juez imponga medidas cautelares a petición del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, porque son atribuciones exclusivas de regulación del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Foto: Carmen Hernández | El Sol de Morelia

Asimismo, se señala que los diputados en la Ley de Búsqueda aprobada el pasado 11 de octubre, se atenta contra lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán, el cual señala como atribución del titular de la Fiscalía General, “coordinar acciones y suscribir convenios con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, para el desarrollo de acciones conjuntas, de fortalecimiento institucional y de cumplimiento de los fines institucionales”.

Finalmente, el Ejecutivo, resaltó que deben ser modificadas todas las observaciones para su eficaz aplicación en la realidad jurídica, ya que no se considerará viable su promulgación, hasta en tanto, se atiendan dentro del proceso legislativo las observaciones que han quedado previamente establecidas. “Lo anterior se hace de su conocimiento, con la finalidad de propiciar mayor legalidad, certeza y seguridad jurídica sobre los asuntos de particular interés del Estado”.

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