/ domingo 12 de noviembre de 2023

Sanciona TEEM al área de comunicación del Ayuntamiento por publicidad 

El TEEM sancionó debido a que se mantuvo por mucho tiempo la publicidad referente al segundo informe del edil moreliano en redes sociales

Morelia, Michoacán.- El equipo de comunicación del Ayuntamiento de Morelia, fue sancionado por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) debido a que se mantuvo durante más tiempo la publicidad referente al Segundo Informe de Gobierno del alcalde, Alfonso Martínez Alcázar en redes sociales.

El proyecto de sentencia bajo el numeral TEEMPES017/2023, fue presentado por el ciudadano Juan Antonio Hernández Torres contra el presidente municipal de Morelia, Alfonso Martínez, bajo el supuesto de presuntas conductas de promoción personalizada y uso de recursos públicos.

Las publicaciones que se discutieron por parte de los magistrados del TEEM fueron las que hizo el alcalde en la red social de Facebook a través de los perfiles “Alfonso Martínez Alcázar” y “Gobierno de Morelia”.

En sesión del Tribunal, se abordó el proyecto en el que se determinó la inexistencia de la promoción personalizada por parte del edil de Morelia supuestamente porque esto no implicaba necesariamente una promoción personalizada con fines electorales.

También, se desechó el uso indebido de los recursos, ya que los gastos erogados en cuanto a la publicación de acciones del Ayuntamiento de Morelia están acreditados bajo distintos contratos que hace la administración municipal, aunque no se precisaron los montos de cada uno de ellos.

Sobre la vulneración de las publicaciones del Segundo Informe de labores de Martínez Alcázar que fueron difundidas fuera del plazo de la ley, ya que el Informe del funcionario se llevó a cabo el pasado 14 de agosto, pero las publicaciones seguían en la red social de Facebook los días 28, 29 y 30 de agosto, se determinó que éstos no podrían ser atribuidos al edil moreliano sino a los encargados de la difusión de los mismos.

Por tanto, los integrantes del Tribunal Electoral, consideraron que sí hay infracción hacia Enrique Alcazar Ramírez, quien es el Coordinador de Comunicación del Ayuntamiento de Morelia; Martha Eugenia Cortés Plata como Jefa de Departamento de Gestión de Redes Sociales; María Fernanda Perea, jefa de Desarrollo de Contenidos, y Oscar Martínez Núñez, proveedor de Servicios del municipio.

Al respecto, el alcalde de Morelia adelantó que la próxima semana presentará el recurso de impugnación ante el TEEM con la finalidad de que los magistrados vuelvan a analizar el proyecto de sentencia, pues según el panista “gobiernos municipales, el del estado y la federación cuentan con información de sus informes en sus plataformas digitales”.

Morelia, Michoacán.- El equipo de comunicación del Ayuntamiento de Morelia, fue sancionado por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) debido a que se mantuvo durante más tiempo la publicidad referente al Segundo Informe de Gobierno del alcalde, Alfonso Martínez Alcázar en redes sociales.

El proyecto de sentencia bajo el numeral TEEMPES017/2023, fue presentado por el ciudadano Juan Antonio Hernández Torres contra el presidente municipal de Morelia, Alfonso Martínez, bajo el supuesto de presuntas conductas de promoción personalizada y uso de recursos públicos.

Las publicaciones que se discutieron por parte de los magistrados del TEEM fueron las que hizo el alcalde en la red social de Facebook a través de los perfiles “Alfonso Martínez Alcázar” y “Gobierno de Morelia”.

En sesión del Tribunal, se abordó el proyecto en el que se determinó la inexistencia de la promoción personalizada por parte del edil de Morelia supuestamente porque esto no implicaba necesariamente una promoción personalizada con fines electorales.

También, se desechó el uso indebido de los recursos, ya que los gastos erogados en cuanto a la publicación de acciones del Ayuntamiento de Morelia están acreditados bajo distintos contratos que hace la administración municipal, aunque no se precisaron los montos de cada uno de ellos.

Sobre la vulneración de las publicaciones del Segundo Informe de labores de Martínez Alcázar que fueron difundidas fuera del plazo de la ley, ya que el Informe del funcionario se llevó a cabo el pasado 14 de agosto, pero las publicaciones seguían en la red social de Facebook los días 28, 29 y 30 de agosto, se determinó que éstos no podrían ser atribuidos al edil moreliano sino a los encargados de la difusión de los mismos.

Por tanto, los integrantes del Tribunal Electoral, consideraron que sí hay infracción hacia Enrique Alcazar Ramírez, quien es el Coordinador de Comunicación del Ayuntamiento de Morelia; Martha Eugenia Cortés Plata como Jefa de Departamento de Gestión de Redes Sociales; María Fernanda Perea, jefa de Desarrollo de Contenidos, y Oscar Martínez Núñez, proveedor de Servicios del municipio.

Al respecto, el alcalde de Morelia adelantó que la próxima semana presentará el recurso de impugnación ante el TEEM con la finalidad de que los magistrados vuelvan a analizar el proyecto de sentencia, pues según el panista “gobiernos municipales, el del estado y la federación cuentan con información de sus informes en sus plataformas digitales”.

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