/ sábado 17 de junio de 2023

Simulan fechas en el Periódico Oficial sobre reformas electorales aprobadas

Las fechas puestas no coinciden con la verdadera fecha en que se realizaron

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Las reformas electorales votadas el pasado 8 de junio por el Congreso local, fueron publicadas apenas este 15 de junio en el Periódico Oficial del Estado, pero con fecha del 2 de junio para simular que fueron aprobadas en el plazo legal y que de esa manera sean válidas en este proceso electoral del 2024.

En el Periódico Oficial fueron publicados cinco Decretos en materia electoral, cuatro de éstos con fecha del 2 de junio y uno con una fecha distinta al 12 de junio, sin embargo en total los diputados aprobaron en la sesión extraordinaria del pasado 8 de junio un total de siete reformas electorales.

La simulación de las autoridades estatales encargadas de publicar los Decretos legislativos en el Periódico Oficial del Estado, se generó en las cuatro reformas que aparecen con fecha del 2 de junio, esto para aparentar que sí son vigentes en el proceso electoral que iniciará oficialmente en el mes de septiembre de este año en el estado.

Falta de quórum en el Congreso / Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Las reformas publicadas con fecha del 2 de junio se refieren a: que se hagan valer las presuntas violaciones relacionadas a la remuneración que reciben los ciudadanos por el desempeño del cargo de elección popular; no podrán formar parte de Observatorios Ciudadanos quienes hayan sido candidatos en el último proceso electoral, tampoco servidores públicos con mando superior un año antes del proceso ni tampoco los servidores públicos en turno.

También, se menciona el Decreto con fecha del 2 de junio, que está prohibida la propaganda política o electoral por cualquier medio donde aparezcan niños, niñas y adolescentes que publiquen tanto los partidos políticos, candidatos, incluidos los independientes, las agrupaciones políticas o las organizaciones. Así como también, la reforma que señala que a ninguna persona con discapacidad se le puede obstaculizar su derecho político-electoral.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

El Decreto con fecha del 12 de junio y que no podrá entrar en el proceso electoral del 2024, por la simulación de las fechas, pese a que fue una de las demandas más sentidas de los pueblos originarios, es la que se dota de atribuciones al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) para que resuelva las inconformidades que presenten las comunidades indígenas en materia del autogobierno y la autonomía.

Recordar que la iniciativa sobre el reconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas fue aprobada en sesión extraordinaria del 8 de junio, y en el Periódico se instauró el 12 de junio.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

La presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, Eréndira Isauro Hernández, reconoció que se presentaron “varios detalles” en la publicación de las reformas electorales, porque faltaron dos Decretos que no fueron tomados en cuenta, es decir, la Defensoría de Atención a grupos vulnerables, y la paridad de género en los órganos internos de control, tanto del TEEM como en el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Las reformas electorales votadas el pasado 8 de junio por el Congreso local, fueron publicadas apenas este 15 de junio en el Periódico Oficial del Estado, pero con fecha del 2 de junio para simular que fueron aprobadas en el plazo legal y que de esa manera sean válidas en este proceso electoral del 2024.

En el Periódico Oficial fueron publicados cinco Decretos en materia electoral, cuatro de éstos con fecha del 2 de junio y uno con una fecha distinta al 12 de junio, sin embargo en total los diputados aprobaron en la sesión extraordinaria del pasado 8 de junio un total de siete reformas electorales.

La simulación de las autoridades estatales encargadas de publicar los Decretos legislativos en el Periódico Oficial del Estado, se generó en las cuatro reformas que aparecen con fecha del 2 de junio, esto para aparentar que sí son vigentes en el proceso electoral que iniciará oficialmente en el mes de septiembre de este año en el estado.

Falta de quórum en el Congreso / Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

Las reformas publicadas con fecha del 2 de junio se refieren a: que se hagan valer las presuntas violaciones relacionadas a la remuneración que reciben los ciudadanos por el desempeño del cargo de elección popular; no podrán formar parte de Observatorios Ciudadanos quienes hayan sido candidatos en el último proceso electoral, tampoco servidores públicos con mando superior un año antes del proceso ni tampoco los servidores públicos en turno.

También, se menciona el Decreto con fecha del 2 de junio, que está prohibida la propaganda política o electoral por cualquier medio donde aparezcan niños, niñas y adolescentes que publiquen tanto los partidos políticos, candidatos, incluidos los independientes, las agrupaciones políticas o las organizaciones. Así como también, la reforma que señala que a ninguna persona con discapacidad se le puede obstaculizar su derecho político-electoral.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

El Decreto con fecha del 12 de junio y que no podrá entrar en el proceso electoral del 2024, por la simulación de las fechas, pese a que fue una de las demandas más sentidas de los pueblos originarios, es la que se dota de atribuciones al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) para que resuelva las inconformidades que presenten las comunidades indígenas en materia del autogobierno y la autonomía.

Recordar que la iniciativa sobre el reconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas fue aprobada en sesión extraordinaria del 8 de junio, y en el Periódico se instauró el 12 de junio.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

La presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, Eréndira Isauro Hernández, reconoció que se presentaron “varios detalles” en la publicación de las reformas electorales, porque faltaron dos Decretos que no fueron tomados en cuenta, es decir, la Defensoría de Atención a grupos vulnerables, y la paridad de género en los órganos internos de control, tanto del TEEM como en el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

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