/ martes 20 de agosto de 2019

Incumplen secretarías de Igualdad y Seguridad instrucción de CEDH

La Comisión emitió una recomendación por violación al derecho de petición, sin embargo las autoridades no atendieron la solicitud

Morelia, Mich.- Ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) un proveedor en equipos de cómputo presentó queja porque las Secretarías de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres, y de Seguridad Pública, no contestaron por escrito las solicitudes hechas con motivo de un adeudo por prestación de bienes y servicios. Por ello la CEDH emitió una recomendación por violación al derecho de petición, sin embargo las autoridades hicieron caso omiso.

El proveedor indicó que desde hace más de 10 años trabaja con la administración pública estatal, pero a partir del 2011 dichas dependencias, las cuales continuaron solicitando sus servicios, comenzaron a tener problemas con los pagos, por lo que realizó gestiones sobre el estatus y la petición de pago de los adeudos, entregando escritos a los cuales no se dio contestación.

Una vez interpuesta la queja, la CEDH emitió la recomendación 055/2018 al acreditar violación a los derechos humanos del agraviado en su vertiente del derecho de petición, que es la prerrogativa que tiene toda persona para realizar una solicitud y/o presentar una protesta de manera pacífica y respetuosa.

Foto Carmen Hernández Robledo

De acuerdo al artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se le haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

Esta Comisión recomendó resolver la solicitud del agraviado, instruir al personal administrativo a garantizar el derecho de petición, dando contestación a las solicitudes que les sean presentadas; y para que en atención a la garantía de no repetición, se tomaran las medidas necesarias para abstenerse de cometer actos que trasgredan los derechos humanos de las personas, lo que fue aceptado por ambas secretarías, sin embargo no cumplieron con la recomendación de la CEDH.

Morelia, Mich.- Ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) un proveedor en equipos de cómputo presentó queja porque las Secretarías de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres, y de Seguridad Pública, no contestaron por escrito las solicitudes hechas con motivo de un adeudo por prestación de bienes y servicios. Por ello la CEDH emitió una recomendación por violación al derecho de petición, sin embargo las autoridades hicieron caso omiso.

El proveedor indicó que desde hace más de 10 años trabaja con la administración pública estatal, pero a partir del 2011 dichas dependencias, las cuales continuaron solicitando sus servicios, comenzaron a tener problemas con los pagos, por lo que realizó gestiones sobre el estatus y la petición de pago de los adeudos, entregando escritos a los cuales no se dio contestación.

Una vez interpuesta la queja, la CEDH emitió la recomendación 055/2018 al acreditar violación a los derechos humanos del agraviado en su vertiente del derecho de petición, que es la prerrogativa que tiene toda persona para realizar una solicitud y/o presentar una protesta de manera pacífica y respetuosa.

Foto Carmen Hernández Robledo

De acuerdo al artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se le haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

Esta Comisión recomendó resolver la solicitud del agraviado, instruir al personal administrativo a garantizar el derecho de petición, dando contestación a las solicitudes que les sean presentadas; y para que en atención a la garantía de no repetición, se tomaran las medidas necesarias para abstenerse de cometer actos que trasgredan los derechos humanos de las personas, lo que fue aceptado por ambas secretarías, sin embargo no cumplieron con la recomendación de la CEDH.

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