/ viernes 8 de octubre de 2021

Controversia de la figura de legítima defensa frente a los derechos humanos en México

Hoy en día el Estado ha abusado excesivamente de la aplicabilidad del derecho penal, por lo cual, habrá que mencionar que esta disciplina jurídica debería de ser utilizada en última instancia para mantener el orden y control social, pero ante el debilitamiento y perdida de gobernabilidad en especial en el Estado mexicano, la aplicabilidad del derecho penal se ha convertido la regla y no en la excepción.

Una realidad es que el Estado mexicano se ha visto rebasado en temas de seguridad, en donde no ha podido hacer frente al crimen organizado, todo por el mal diseño de las leyes penales, las políticas y planes de criminalidad que no se apegan a las necesidades y demandas sociales. Además, si ha esto le sumamos la poca o nula preparación y capacitación que se les da a los operadores de las instituciones de seguridad; o en el peor de los casos la falta de equipamiento para realizar sus funciones. El Estado desde hace mucho tiempo se ha visto rebasado, pero no se atreve a reconocerlo, pero eso sí, sigue improvisando y simulado que las cosas están mejorando en materia de seguridad.

Los índices de inseguridad y criminalidad en México van en aumento año con año, aun y cuando se de destinan recursos económicos suficientes los resultados siguen siendo los mismos. Por ello, es que hoy en día ha surgido un tema relevante, que tiene que ver con la legitima defensa, que deriva de las fallas del Estado en materia de seguridad.

La legitima defensa puede entender en palabras simples como la forma en que el gobernado (victima) puede autodefenderse de otro gobernado que realiza un acto en su contra que es considerado por las leyes penales como delito, y que esta autodefensa pueda ocasionar una afectación al presunto delincuente que van desde las lesiones hasta la privación de la vida.

Esto pareciera ser un tema que no representa enormes retos o implicaciones, pero una vez que estos se materializan en el contexto social empieza una lucha en primer momento ante las fiscalías y posteriormente ante los jueces. Esto deriva por la mala técnica de redacción empelada por los legisladores en las leyes penales, pues, al no conocer en esencia del cómo funciona esta disciplina (derecho penal), al momento de redactar los tipos penales, la norma presenta enormes deficiencias tales como: Ambigüedad; poca claridad, y sobre todo se desconoce con exactitud el bien jurídico que tutela determinada disposición penal.

La ley penal federal y las leyes locales penales, contemplan los supuestos en los cuales el gobernado estará excluido de responsabilidad penal cuando realice un acto de legitima defensa. Pero, debido a la ambigüedad de las mismas, ha sido el Poder Judicial de la Federación quien ha interpretado en diversas ocasiones estas disposiciones y ha establecido criterios que clarifican y redirigen el sentido de la norma penal, pero, que en muchas de las ocasiones dichas interpretaciones contemplan contradicciones y malestares entre la sociedad.

Muy a menudo se escucha la siguiente interrogante ¿Un delincuente puede tener más derechos que la víctima de un delito? No se trata de quien tiene más derechos que otros. Pensar eso es un error, lo que hacen los jueces al interpretar esta problemática de la legítima defensa es ponderar si la actuación realizada satisface los requisitos de necesidad, razonabilidad o proporcionalidad, porqué si bien, el gobernado está impedido constitucionalmente para realizar actos de justicia por su propia mano. Se busca con esto establecer limitaciones, pero, también, evitar que se caiga en un Estado de anarquía.

El tema de la legitima defensa es un tema que nos dará mucho de que hablar en años venideros, pero, es necesario para prevenir estas problemáticas: I. Normas penales claras y eficientes; II. Qué el Estado garantice la seguridad de los gobernados; II. Creación de oportunidades laborales decentes para la sociedad, para efectos de que puedan tener una vida digna y eviten declinarse a realizar actividades delictivas.

Hoy en día el Estado ha abusado excesivamente de la aplicabilidad del derecho penal, por lo cual, habrá que mencionar que esta disciplina jurídica debería de ser utilizada en última instancia para mantener el orden y control social, pero ante el debilitamiento y perdida de gobernabilidad en especial en el Estado mexicano, la aplicabilidad del derecho penal se ha convertido la regla y no en la excepción.

Una realidad es que el Estado mexicano se ha visto rebasado en temas de seguridad, en donde no ha podido hacer frente al crimen organizado, todo por el mal diseño de las leyes penales, las políticas y planes de criminalidad que no se apegan a las necesidades y demandas sociales. Además, si ha esto le sumamos la poca o nula preparación y capacitación que se les da a los operadores de las instituciones de seguridad; o en el peor de los casos la falta de equipamiento para realizar sus funciones. El Estado desde hace mucho tiempo se ha visto rebasado, pero no se atreve a reconocerlo, pero eso sí, sigue improvisando y simulado que las cosas están mejorando en materia de seguridad.

Los índices de inseguridad y criminalidad en México van en aumento año con año, aun y cuando se de destinan recursos económicos suficientes los resultados siguen siendo los mismos. Por ello, es que hoy en día ha surgido un tema relevante, que tiene que ver con la legitima defensa, que deriva de las fallas del Estado en materia de seguridad.

La legitima defensa puede entender en palabras simples como la forma en que el gobernado (victima) puede autodefenderse de otro gobernado que realiza un acto en su contra que es considerado por las leyes penales como delito, y que esta autodefensa pueda ocasionar una afectación al presunto delincuente que van desde las lesiones hasta la privación de la vida.

Esto pareciera ser un tema que no representa enormes retos o implicaciones, pero una vez que estos se materializan en el contexto social empieza una lucha en primer momento ante las fiscalías y posteriormente ante los jueces. Esto deriva por la mala técnica de redacción empelada por los legisladores en las leyes penales, pues, al no conocer en esencia del cómo funciona esta disciplina (derecho penal), al momento de redactar los tipos penales, la norma presenta enormes deficiencias tales como: Ambigüedad; poca claridad, y sobre todo se desconoce con exactitud el bien jurídico que tutela determinada disposición penal.

La ley penal federal y las leyes locales penales, contemplan los supuestos en los cuales el gobernado estará excluido de responsabilidad penal cuando realice un acto de legitima defensa. Pero, debido a la ambigüedad de las mismas, ha sido el Poder Judicial de la Federación quien ha interpretado en diversas ocasiones estas disposiciones y ha establecido criterios que clarifican y redirigen el sentido de la norma penal, pero, que en muchas de las ocasiones dichas interpretaciones contemplan contradicciones y malestares entre la sociedad.

Muy a menudo se escucha la siguiente interrogante ¿Un delincuente puede tener más derechos que la víctima de un delito? No se trata de quien tiene más derechos que otros. Pensar eso es un error, lo que hacen los jueces al interpretar esta problemática de la legítima defensa es ponderar si la actuación realizada satisface los requisitos de necesidad, razonabilidad o proporcionalidad, porqué si bien, el gobernado está impedido constitucionalmente para realizar actos de justicia por su propia mano. Se busca con esto establecer limitaciones, pero, también, evitar que se caiga en un Estado de anarquía.

El tema de la legitima defensa es un tema que nos dará mucho de que hablar en años venideros, pero, es necesario para prevenir estas problemáticas: I. Normas penales claras y eficientes; II. Qué el Estado garantice la seguridad de los gobernados; II. Creación de oportunidades laborales decentes para la sociedad, para efectos de que puedan tener una vida digna y eviten declinarse a realizar actividades delictivas.